NUNCA RESOLVER LOS CONFLICTOS EN TU COMUNIDAD FUE TAN FÁCIL
El Colegio Oficial de Administradores de Fincas de la Provincia de Alicante ha creado el Instituto de Mediación «IMCOAFA» con la finalidad de impulsar la Mediación, e incrementar su difusión y presencia en la sociedad.
En la mediación se crea un espacio de diálogo y de comunicación, ayudando a comprender el origen de las diferencias, a confrontar visiones y a que las partes crees sus propias soluciones, con acuerdos más creativos, personalizados y satisfactorios, evitando la litigiosidad y el enfrentamiento.
¿Qué papel desempeña el mediador?
El mediador aplicando las técnicas de la mediación, controla los niveles de tensión, asegura a las partes el uso alternativo de la palabra, aclara posturas y frena la dinámica de aumento del conflicto. Trabaja para devolver a las partes en conflicto el control sobre sus propias decisiones, guiándoles en el proceso, asegurando una comunicación eficaz con el fin de lograr un acuerdo satisfactorio, factible y sostenible en el tiempo.
Dirige las sesiones sin formalidades de procedimiento, manteniéndose en todo momento independiente e imparcial, ayudando a las partes a conciliar sus divergencias.
Principios de la mediación:
Voluntariedad y libre disposición
La voluntariedad de la mediación hace referencia tanto a la libertad de las partes para empezar o no un proceso de mediación como a la libertad de abandonarlo una vez iniciado.
Carácter personalismo
Supone la obligación de asistir personalmente a los encuentros de mediación y, por lo tanto, la imposibilidad de hacerlo a través de un representante.
Igualdad o equilibrio
Las partes deben intervenir con plena igualdad de oportunidades, manteniendo el equilibrio en sus posiciones y el respeto hacia los puntos de vista por ellas expresados.
Imparcialidad/neutralidad
El mediador no puede actuar en perjuicio o interés de cualquiera de las partes enfrentadas.
Confidencial
El procedimiento de mediación y la documentación utilizada en el mismo es confidencial. La confidencialidad se extiende al mediador, que queda protegido por el secreto profesional, a las instituciones de mediación, y a las partes intervinientes de modo que no podrás revelar la información que hubieran podido obtener derivada del procedimiento.
El mediador no está obligado a declarar o a apartar documentos en un procedimiento judicial o de arbitraje sobre la información y documentación derivada de un procedimiento de mediación. Todo ello, salvo que las partes de manera expresa y por escrito le dispensen del deber de confidencialidad o bien porque así lo solicite un juez de lo penal mediante una resolución motivada.
Flexibilidad
La mediación es una forma flexible de resolución de conflictos, que permite a las partes en disputa una solución previa a lo que hubiera constituido un litigio. En la mediación no hay vencedores ni vencidos. Es un ganar-ganar. Por ello existen mayores garantías de que el acuerdo obtenido se cumpla y sea duradero en el tiempo.
Documentación para descargar:
Formulario de Solicitud de Inscripción
Formulario de Solicitud de Mediación.
Estatutos
Reglamento